Casación No. 130-2014

Sentencia del 23/10/2014

"... la Cámara advierte que aceptar un fallo como el analizado, tendría como efecto que el presente asunto se retrotrajera a la fase administrativa, ya que al haberse revocado la resolución administrativa que resolvió el recurso de revocatoria y haberse confirmado la resolución que le sirvió de antecedente, podría dar lugar a que el recurrente tuviera la posibilidad de interponer nuevamente el recurso administrativo correspondiente, situación que la Cámara no puede convalidar.
Como consecuencia del análisis efectuado a lo resuelto en el fallo impugnado, la Cámara establece que la decisión emitida es contradictoria, porque declara sin lugar la demanda contencioso administrativa, pero revoca la resolución de la autoridad administrativa y confirma la resolución que le sirve de antecedente, situación que haría inejecutable la sentencia, en razón de ello, el submotivo invocado resulta procedente y debe casarse la sentencia impugnada..."